SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2018-S3
Fecha: 31-Oct-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 22 de agosto de 2018, Eleodora Limachi Puma; cónyuge de Emeterio Mamani Chiry, quien se encuentra con detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, fue denunciado por Alberto Víctor Porto Quispe, hoy accionante por la presunta comisión del delito de homicidio en grado de tentativa, se apersonó al domicilio de los peticionantes de tutela ubicado en la comunidad de Huarcamarca, provincia Camacho del departamento referido, acompañada de una persona con la finalidad de notificar para una supuesta audiencia; empero, como ninguno de los impetrantes de tutela se encontraba en su domicilio trataron de notificar a la esposa de uno de ellos, amenazándola para que reciba dicha diligencia; el 27 de agosto del mismo año la demandada, volvió al domicilio de los solicitantes de tutela en compañía de funcionarios policiales, vociferando que ella podía proceder a la detención en ese momento y que si Alberto Víctor Porto Quispe no desistía del proceso penal que sigue en contra de su esposo, volverían a pegarlo y quemarlo porque ya conocían su casa, amenazándolo a él y a sus padres, en ese sentido los accionantes se vieron amedrentados y sin poder transitar libremente por su comunidad y por temor a represalias tuvieron que nombrar apoderados para llevar adelante el proceso que tienen contra el esposo de la demandada, por un hecho ocurrido el mes de abril de 2017.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Con relación a la acción de libertad y su ámbito de protección
- se tiene que la presente acción de defensa tiene por fin resguardar los derechos a la libertad física y de locomoción, a la vida y al debido proceso,
- III.2. Jurisprudencia reiterada: La persecución ilegal o indebida objeto de protección de la acción de libertad preventiva
- se produce cuando la detención aún no se ha producido pero puede presuponerse que es inminente, en tanto que la amenaza pueda demostrarse positivamente.
- si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- debe buscar, perseguir u hostigar a la persona, sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por ley
- REVOCAR