SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2018-S2

Fecha: 31-Oct-2018

es la persona o personas contra las cuales la demanda se dirige; es decir, la persona en cuya esfera jurídica esta resolución está destinada a operar

           En ese orden, en los casos que involucren problemáticas referentes a inamovilidad laboral de mujeres embarazadas o progenitoras y progenitores de una hija o hijo menor de un año de edad, la legitimación pasiva la tiene el empleador del sector público o privado que procede a la desvinculación laboral, en el primer supuesto descrito en el Fundamento Jurídico precedente; es decir, cuando la activación de la acción de amparo constitucional es directa. Y, en el segundo supuesto, tanto el empleador del sector público o privado, quien se entiende es quien de forma inicial vulnera los derechos de la o el progenitor y quien se halla llamado a reparar la transgresión de derechos producida por el retiro de la o el trabajador en inobservancia de su inamovilidad laboral; así como también el Jefe Departamental de Trabajo o el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, cuando habiendo optado la o el agraviado por acudir antes a la vía administrativa de reclamo, no observen la protección constitucional que merece este sector de la sociedad, dictando fallos contrarios a la inamovilidad laboral reclamada. Cuestiones que deben ser consideradas en ambos supuestos, no pudiendo el empleador por ende, invocar no tener legitimación pasiva para ser demandado, con la pretensión de burlar los derechos constitucionalmente otorgados a este sector de vulnerabilidad de la sociedad.