Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2018-CA
Fecha: 28-Nov-2018
II.2. Marco normativo constitucional y legal
En tal sentido, el art. 73.2 del CPCo, establece que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá: “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
- Ministro de Economía y Finanzas Públicas
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- la obligación de cubrir todos los gastos y pérdidas
- 1)
- i)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- derecho de toda persona individual o colectiva para cuestionar una norma jurídica que sea contraria a la Constitución, con la única condición o requisito de encontrarse afectada por la misma; es decir, que la norma jurídica de la cual se sospecha su inconstitucionalidad, le cause algún perjuicio, detrimento o menoscabo a sus intereses protegidos por el derecho”
- consiste en la presentación de razonamientos y criterios derivados de la Constitución Política del Estado, que configure una duda razonable y haga justificable un examen de los mismos, con el objeto de verificar si la norma demandada es conforme a la Constitución Política del Estado’
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR