AUTO CONSTITUCIONAL 0463/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0463/2018-RCA

Fecha: 28-Nov-2018

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales presentados el 31 de octubre y 7 de noviembre de 2018, cursantes de fs. 18 a 19 vta.; 24 y vta., el accionante señaló que la Resolución emitida por el Ilustre Consejo Universitario (ICU) 119-2018 de 27 de septiembre de la nombrada casa superior de estudios y la Convocatoria 04/2018 a Elecciones para Delegados Docentes y Estudiantes al ICU, Consejo Facultativo y Consejo de Carrera de la UAGRM, establecen los requisitos de postulación; manifiesta que, cumpliendo lo exigido, presentó su candidatura al Consejo Facultativo Docente; sin embargo, el 31 de octubre de igual año, la Corte Electoral Permanente de la indicada Universidad incurrió en discriminación al inhabilitarlo, por no haber presentado completo su binomio, mientras que otros candidatos que tampoco cumplieron lo mencionado contradictoriamente fueron habilitados, como fue el caso de Ruth Mireya Carvajal de Cuéllar, entre otros; asimismo, aclaró que ni la Resolución ICU 119-2018 ni la referida Convocatoria, establecen como causal de inhabilitación que una candidatura tenga su binomio incompleto.

Agregó que, interpone acción de amparo constitucional contra la decisión de su inhabilitación por la ilegal causal relacionada al binomio incompleto asumida por la Corte Electoral Permanente de la UAGRM que no admite impugnación; no obstante, dentro del término hábil, solicitó la revocatoria de invalidación y consiguiente habilitación ante el Presidente del Comité Electoral Permanente de referencia, quien por Oficio C.E.P.OF 432/2018 el 5 de noviembre, rechazó su petición.