AUTO CONSTITUCIONAL 0463/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0463/2018-RCA

Fecha: 28-Nov-2018

para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados

En ese sentido, el art. 129.I de la Norma Suprema dispone que: “I. La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados” (el resaltado es nuestro).