Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.1
II.1. Mediante Acta de Proceso Sumario de 22 de noviembre de 2017, el Director General y Capellán del CEMIAC, referente al caso Henry Gonzales Caba -ahora accionante-, concluyeron que existía retención de fondos por concepto de venta en la librería, y ante el incumplimiento a su normativa interna son causales de despido, conforme lo establece el art. 9 incs. e) y g) de la LGT (fs. 188).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- 2)
- por la inmediatez que merece la tutela que pretende; sólo exige acudir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo.
- Fragmento 15
- III.2. La conminatoria de reincorporación debe ser cumplida en su integridad
- La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte