SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2018-S1

Fecha: 06-Nov-2018

denegó

El Juez de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 41/2018 de 13 de septiembre, cursante de fs. 165 a 168, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) Para acudir a la acción de libertad por atentado al debido proceso con vinculación a la libertad, deben obligatoriamente presentarse o concurrir los dos presupuestos: primero, existir un acto lesivo o ilícito de la autoridad demandada; y, segundo, constar el estado de indefensión absoluta del accionante; b) La causa de privación de la libertad del accionante radica en el Auto Interlocutorio de 8 de abril de 2017, dictado en audiencia cautelar, mediante el cual se ordenó su detención preventiva, de modo que la causa de dicha medida no radica en las resoluciones “sin motivación”, a decir del accionante, emitidas por las autoridades hoy demandadas; c) La justicia constitucional no puede realizar la valoración de la prueba efectuada por los jueces y tribunales ordinarios, conforme señala la “SC 0560/2007-R”; y, d) Si el accionante consideraba vulnerado su derecho al debido proceso en la vertiente de la motivación o fundamentación de fallos dictados en el proceso, debió pedir la reparación al mismo órgano jurisdiccional que conoció la causa y solo agotados los medios y recursos previstos por la norma acudir ante la jurisdicción constitucional a través de la acción de amparo constitucional.