Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2018-S1
Fecha: 06-Nov-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, a la locomoción, al debido proceso en su elemento de falta de motivación de la resolución, a la presunción de inocencia, así como la omisión en la valoración de la prueba, por cuanto las autoridades demandadas emitieron la Resolución de 19 de abril de 2018 y Auto de Vista de 8 de mayo de igual año, por el que modificaron la medida sustitutiva de fianza económica de Bs100 000 a Bs70 000, sin considerar de forma íntegra el informe socioeconómico y los certificados negativos de inmueble y vehículo que presentó, convirtiendo su detención en una pena anticipada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación de las resoluciones judiciales como elementos configuradores del debido proceso
- consecuentemente cuando un juez omite la motivación de una resolución, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en los hechos toma una decisión de hecho no de derecho que vulnera de manera flagrante el citado derecho que permite a las partes conocer cuáles son las razones para que se declare en tal o cual sentido; o lo que es lo mismo cuál es la ratio decidendi que llevó al Juez a tomar la decisión
- Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con referencia a Julio Nelson Alba Flores, Andrés Adhemar Rueda Esquivel y Susana Zabala Dávila, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz
- Fragmento 15
- 4)
- Contrastación de los puntos apelados y el Auto de Vista de 8 de mayo de 2018
- Fragmento 18