SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2018-S4
Fecha: 06-Nov-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan que se vulneraron su derecho a la libertad; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra, la ex Jueza y la actual titular, ambas del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de Cochabamba –ahora demandada–, hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad no resolvieron la excepción de prejudicialidad planteada hace tres meses atrás, siendo que la misma guarda estrecha relación con el proceso contencioso administrativo que se viene tramitando en el mismo Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, ya que por sus efectos y naturaleza, tiene la capacidad de enervar el proceso penal, paralizando el mismo entre tanto se sustancie el proceso extrapenal, razón por la cual, su pronta resolución guarda vital importancia, preservando su libertad que se encuentra en riesgo por la prosecución de la presente causa penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Participación de los terceros intervinientes
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- SCP 0059/2018-S4 del 16 de marzo
- III.2.
- CONFIRMAR