Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2018-S4
Fecha: 09-Nov-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera que el BCP S.A., vulneró su derecho a la petición porque no dio respuesta a la solicitud que presentó para que dicha entidad bancaria le facilite fotocopias del expediente de préstamo de dinero que le fue otorgado, como ser el documento privado del mencionado contrato suscrito con dicho Banco, con su reconocimiento de firmas y el formulario de solicitud de crédito PYMES; que requiere para asumir defensa técnica dentro del proceso ejecutivo instaurado en su contra, pues luego de transcurridos cinco días hábiles de presentada su solicitud, se apersonó a las oficinas del BCP S.A. y no obtuvo su respuesta ni los documentos requeridos.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El contenido y alcance del derecho a la petición
- Fragmento 10
- debe establecerse también que la afectación al derecho a la petición en su contenido esencial, ya sea en el ámbito público o privado, debe ser tutelada por la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- i)
- CONFIRMAR