SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2018-S1
Fecha: 09-Nov-2018
III.2. Análisis del caso concreto
Teniendo en cuenta lo manifestado en esta acción tutelar, se establece que el objeto procesal a ser resuelto en la misma se centra en el cuestionamiento a la interpretación realizada por los Vocales demandados en relación al inciso 9) del art. 316 del CPP, causal sobre la cual la hoy accionante fundó la recusación interpuesta contra los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Beni, quienes determinaron su rechazo in limine, sosteniendo los referidos Vocales, en revisión, que las denuncias y/o acusaciones a las que refiere dicha causal son únicamente en materia penal o civil pero no aquellas interpuestas ante el Consejo de la Magistratura, sin considerar que el motivo de la indicada causal radica no en el tipo de denuncia sino en los efectos que ella genera, lesionando con ello su derecho al juez natural en su componente de juez imparcial.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La revisión de la actividad interpretativa que realizan otras jurisdicciones que involucra el análisis de la motivación, congruencia, adecuada valoración de los hechos (valoración de la prueba) y adecuada valoración del Derecho (interpretación de las normas), no es la labor propia de la justicia constitucional, sin embargo, es insoslayable que las autoridades jurisdiccionales no se encuentran habilitadas a vulnerar derechos fundamentales, y en esa dimensión esta jurisdicción constitucional se encuentra facultada a vigilar que en todo fallo, providencia o decisión judicial que las autoridades judiciales se sometan a la Constitución; y, iv) Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial. Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional, sin que ello involucre que la instancia constitucional asuma un rol casacional, impugnaticio o supletorio de la actividad de los jueces
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- 2° Exhortar