SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2018-S4
Fecha: 26-Nov-2018
concedió
El Juzgado Público Civil y Comercial Sexto del departamento de La Paz, por Resolución 304/2018 de 9 de octubre, cursante de fs. 114 a 115 vta., concedió la tutela solicitada, anulando las Notas DIV.RR.HH. 058/18 de 28 de febrero y DIV.RR.HH. 076/18 de 20 de marzo, disponiendo extender en el día una copia del examen escrito de 27 de enero de 2018 que rindió el accionante en la materia de física, en base a los siguientes fundamentos: i) Advirtió una vulneración al derecho civil de acceso a la información y al derecho de petición, considerando que el art. 245 de la CPE no limitaba ni restringía tales derechos, por lo que correspondía a la parte demandada otorgar la copia del examen escrito de la materia de física rendido el 27 de enero de 2018 por Sergio Herminio Mamani Vargas; y, ii) El art. 105 de la Ley Orgánica de las FF.AA. tampoco estableció ninguna prohibición de entregar una copia del examen, menos aún el Reglamento de Evaluaciones y estas reglas no podían estar por encima de la CPE, cuyas normas son de cumplimiento obligatorio incluso por la entidad militar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- IMPROCEDENTE
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- concedió
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho de petición. Jurisprudencia reiterada
- el ejercicio del derecho supone que una vez planteada la petición, cualquiera sea el motivo de la misma, la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución,
- la respuesta
- el derecho a la información implica un conjunto de derechos, entre los que se encuentran el derecho a conocer hechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- b)
- REVOCAR