SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2018-S4

Fecha: 26-Nov-2018

1)

Martín Rodríguez Claros, a través de su abogado patrocinante, manifestó que: 1) Cuenta con el derecho de propiedad sobre el predio donde “existe esa agua natural” (sic), mismo que adquirió con este beneficio y de otras aguas que venían de mitas para la producción agrícola; de modo que, en todo caso, a fuerza de “las bases” se pretende menoscabar la propiedad privada del demandado, sobre un terreno que cumple una función social y que obtiene productos de diferente naturaleza para el sustento de la población; 2) En el área rural, cualquier propietario puede abrir un pozo de agua en su inmueble para destinarlo al cultivo y no requiere para ello una ficha ambiental; licencia con la que tampoco cuentan los accionantes respecto al cárcamo que construyeron; y, 3) Los destrozos a los que hacen referencia los impetrantes de tutela, fueron provocados de forma fortuita por un tractor que ellos mismos contrataron; y más al contrario, fue el ahora demandado quien con ayuda de otras personas, puso una tapa provisional para evitar que cayera tierra y otros elementos en el depósito de agua; razones por las cuales, al igual que los peticionantes de tutela, solicitó se proceda a una inspección en el lugar de la controversia.