SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.1.
II.1. Cursa Acta de verificación, expedido por Maria Elena Almanza Vallejos, Notaria de Fe Pública Segunda de Punata del departamento de Cochabamba, que constituida en la oficina jurídica número 1 del edificio Torrico, ubicado en la calle Sucre casi esquina Aroma del indicado municipio y departamento, constató que esta se encontraba completamente vacía, aún existía el letrero publicitario de Ademir Muñoz -Abogado-, pegado en el interior de la puerta de vidrio de dicho despacho; asimismo, encontró dos candados a la calle, uno pertenece al accionante y el otro es desconocido, que asegura la oficina impidiendo su ingreso por la puerta de la calle, en el interior del mencionado edificio, se hallaba el mobiliario del impetrante de tutela (documentos de carácter Jurídico, letrero de abogado, impresora, laptop, seis sillas de color negro, un escritorio, estante, mueble de computadora y utensilios de limpieza), que se encontraban a expensas de los transeúntes sin resguardo alguno; de igual forma, la cerradura de la puerta posterior presentaba alteraciones, lo que no le permitió usar la llave (fs. 2).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- los actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales
- tiene dos finalidades esenciales: a) evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y b) evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- es pertinente señalar que al ser las vías de hecho actos ilegales graves que necesitan una tutela pronta y oportuna, con la finalidad de brindar una tutela constitucional efectiva, es necesario precisar tres aspectos esenciales para la activación del control tutelar de constitucionalidad: a) La flexibilización del principio de subsidiaridad; b) la carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y c) los presupuestos de la legitimación pasiva
- sino también el trabajo por cuenta propia,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR