SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
sino también el trabajo por cuenta propia,
Asimismo la SCP 1702/2013 de 10 de octubre, precisó: “Cabe aclarar que el trabajo, se expresa a través de una diversidad de modalidades, no solamente es la relación o vínculo de dependencia entre el empleador y el trabajador a cambio de un salario por servicios prestados; sino también el trabajo por cuenta propia, el trabajo corporativo, sindicalizado, comunitario, entre otras formas que gozan de igual protección por parte del Estado y se configuran como derecho fundamental, en tanto se sujeten al ordenamiento legal y no constituyan alguna forma de explotación humana, conforme se establece expresamente en el art. 46.II de la CPE, que señala: ʽEl Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas’” (las negrillas son nuestras).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- los actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales
- tiene dos finalidades esenciales: a) evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y b) evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- es pertinente señalar que al ser las vías de hecho actos ilegales graves que necesitan una tutela pronta y oportuna, con la finalidad de brindar una tutela constitucional efectiva, es necesario precisar tres aspectos esenciales para la activación del control tutelar de constitucionalidad: a) La flexibilización del principio de subsidiaridad; b) la carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y c) los presupuestos de la legitimación pasiva
- sino también el trabajo por cuenta propia,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR