SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2018-S3

Fecha: 27-Nov-2018

que desemboque en una decisión judicial sobre la pretensiones deducidas por el litigante

         Conforme lo descrito, se concluye que el Auto de Vista 363, al no permitir que se ingrese al fondo de lo denunciado en el recurso de apelación incidental lesionó el derecho a la tutela jurídica efectiva, sobre este derecho la                    SCP 0898/2012 de 22 de agosto estableció que: “…consiste básicamente en el derecho de acceso libre a la jurisdicción, lo que comprende el derecho de toda persona a ser parte de un proceso y poder promover en el marco de la actividad jurisdiccional, cualquier recurso ordinario o extraordinario, que el ordenamiento prevea en cada caso con los requisitos legalmente establecidos, que desemboque en una decisión judicial sobre la pretensiones deducidas por el litigante, por lo tanto se puede deducir que lo anteriormente desarrollado implica en síntesis en el derecho de todo actor o demandante a obtener una resolución o sentencia jurídicamente fundamentada sobre el fondo de lo peticionado” (las negrillas son añadidas); en el caso concreto, la decisión ahora impugnada en acción tutelar, al declarar inadmisible con argumentos no acordes al nuevo orden constitucional que debieron ser observadas en ejecución de sentencia, tuvo como efecto que no pueda analizarse los agravios contenidos en el recurso de apelación, correspondiendo sobre este derecho que la tutela pedida sea también concedida; a este efecto y por las circunstancias propias que nos trae el caso sub judice, atañe que el Auto denunciado sea dejado sin efecto, y en resguardo de los derechos a la tutela judicial efectiva, acceso a la justicia y fundamentación y motivación de resoluciones y que el recurso interpuesto en ejecución de sentencia sea resuelto en el fondo.