AUTO CONSTITUCIONAL 0516/2018-RCA
Fecha: 28-Dic-2018
Fragmento 9
En el caso en análisis, los accionantes alegan la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a una justicia transparente y al principio de publicidad, transparencia, oralidad, probidad, accesibilidad e igualdad de partes ante el proceso por parte de la Fiscal demandada, alegando que la misma no les hizo conocer la actuación investigativa donde ellos son los sindicados por la presunta comisión del delito de avasallamiento en área mineral, venta o compra ilegal de recursos naturales, tampoco les notificaron para presentar prueba ni prestar su declaración informativa, del mismo modo consideran que al emitirse el requerimiento fiscal para que el SENARECOM informe sobre los extractos de comercialización de oro de la Cooperativa Minera Aurífera “15 de Agosto”, empresa que tampoco fue denunciada, hace que la investigación sea ilegal.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad’
- momento comienza el control jurisdiccional sobre la investigación, cuya
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR