SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2018-S3

Fecha: 04-Dic-2018

1)

Héctor Tito Orellana Núñez, Gerente General de FABOCE S.R.L., a través de Carola Tatiana Orellana Terán representante legal, presentó  informe escrito el 15 de junio de 2018, que consta de fs. 77 a 82 vta., señalando que: 1) El Juez de garantías debe revisar si la Conminatoria de reincorporación se ajusta a derecho, no está obligado a cumplir la misma a ciegas, en base al principio de verdad material puede evaluar los hechos, fundamentos y alcances del caso; 2) Los argumentos contenidos en la Conminatoria mencionada que dispone arbitrariamente la reincorporación laboral del accionante son escuetos y contradictorios; 3) La desvinculación del trabajador no fue intempestiva ni arbitraria menos se vulneró derecho constitucional alguno, su despido legal emerge de un proceso interno administrativo; y, 4) El prenombrado no activó los recursos de revocatoria y jerárquico debidos, por ello ingresó a consentir y aceptar la sanción impuesta, la cual emerge de un debido proceso, con respeto a los derechos y garantías constitucionales.