Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2018-S3
Fecha: 04-Dic-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante por medio de su abogado, ratificó el contenido de la acción de amparo constitucional y en uso de la réplica manifestó que el acto de despido fue arbitrario e ilegal; a principios de año se eligen a los miembros que van a componer el tribunal sumariante, en el presente caso la empresa hace el papel de juez y parte, porque el Gerente designa a su abogada para que sea sumariante, esta empresa no cuenta con un procedimiento, para que el trabajador ejerza sus derechos dentro del proceso, en consecuencia solicitó se conceda la tutela invocada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.2.
- III.
- III.1. Protección constitucional a la orden de reincorporación laboral, dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de restitución en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.
- que la justicia constitucional sólo viabiliza la tutela inmediata ante la decisión unilateral del empleador que opta por un despido intempestivo sin causa legal justificada.
- III.2. Análisis del caso concreto
- debe cumplirse la totalidad y no en una parte u otra
- CONFIRMAR