SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2018-S3

Fecha: 20-Dic-2018

1)

Oscar Jesús Menacho Angeleri, Juez Público Civil y Comercial Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz, el 25 de junio de 2018 presentó informe escrito cursante a fs. 1836 y vta., señalando que: 1) Dentro del proceso seguido por Cristhian Bruun Aguilera contra el Automóvil Club Boliviano Filial Santa Cruz y el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, las accionantes interpusieron incidente de nulidad hasta la providencia donde se ordena el desapoderamiento de sus personas del inmueble que ocupan, argumentando que no son parte en el proceso y por lo tanto el mandamiento librado en su contra no es legal; 2) Se trata de un proceso ordinario antiguo concluido y ejecutado con la anterior normativa, por lo que en cumplimiento a la Disposición Transitoria Octava, parágrafo I del Código Procesal Civil (CPC), se debe aplicar el Código de Procedimiento Civil abrogado (CPCabrg); 3) Previamente se debe abrir un término de prueba incidental conforme al art. 152 del CPCabrg, y por otra parte, al tenor del art. 45 de Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (Ley 1760), quien cree que está injustamente desapoderado de un inmueble, puede plantear la oposición al desapoderamiento; en consecuencia, las accionantes tienen incidentes pendientes de resolución e incidentes que todavía pueden plantear sobre sus supuestos derechos relativos al inmueble en cuestión, por lo que en este caso opera el principio de subsidiariedad regulado por el art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, 4) Con mayor razón si el mandamiento de desapoderamiento ya librado es sin la facultad de allanamiento, se deduce que no existe un daño inminente ni irreparable para que excepcionalmente se prescinda de dicho principio; solicitando se rechace in límine la presente acción tutelar.