SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2018-S3

Fecha: 20-Dic-2018

concedió

La Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 04 de 9 de julio de 2018, cursante de fs. 452 a 456 vta., concedió la tutela solicitada, anuló la Resolución impugnada y dispuso que el Tribunal Agroambiental vuelva a dictar nueva resolución; bajo los siguientes fundamentos: i) La tercera interesada en audiencia reconoció de forma expresa que el accionante no fue notificado con los Informes Técnicos - Legales INF.DGS-SCS 649/2013 y JRLL-SCS-INF-SAN 1729/2015, cuya información contrastada con los antecedentes del expediente resulta evidente; ii) Al impetrante de tutela solo se lo notificó con la Resolución Administrativa RA-ST 0167/2015, que dio lugar a la demanda contenciosa ante el Tribunal Agroambiental; iii) La Resolución impugnada ha omitido fundamentar respecto a la denuncia de falta de notificación con los informes señalados, al no expresar de forma clara y precisa, donde y cuando se le notificó al prenombrado, si la notificación con dicho actuado era válida y si cumplió con su fin o explicar las razones porque considera que no debería haber notificación con dichos informes; y, iv) El art. 180.II de la CPE, refiere al derecho de impugnación que tienen las partes dentro de un proceso con el propósito de asumir defensa frente a una decisión desfavorable, hecho que no ha sucedido en el presente caso.