SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2018-S3
Fecha: 20-Dic-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la defensa, al debido proceso, en sus vertientes de congruencia, motivación y razonabilidad vinculados a los principios de seguridad jurídica y verdad material, a la prevalencia del derecho sustancial e interdicción de arbitrariedad, al trabajo y a la propiedad, al considerar que las autoridades demandadas al pronunciar la Sentencia Nacional Agroambiental S2a 110/2017 de 13 de octubre, simplemente se abocaron a realizar una relación formalista de los distintos actuados que contiene el legajo de saneamiento, exponiendo argumentos generales de la carpeta del proceso, sin subsumir su decisión a lo establecido en el art. 166 del DS 29215, en referencia al cumplimiento de la FES verificado en campo; y el art. 304 del precitado cuerpo normativo respecto a la valoración de la documentación adjunta como los Certificados de Socio de la Asociación de Ganaderos San Matías y la de Posesión emitida por el Corregidor de la provincia Ángel Sandoval, lo que haría ver que la Resolución impugnada contiene una inadecuada motivación, congruencia y razonabilidad que permitan entender la decisión de declarar improbada la demanda; tampoco se consideró que la falta de notificación con los Informes Técnicos - Legales INF.DGS-SCS 649/2013 de 16 de septiembre y JRLL-SCS-INF-SAN 1729/2015 de 25 de septiembre, que modifican el fondo el primer resultado establecido en el Informe de Conclusiones de 5 de noviembre de 2010.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones
- 2)
- CONFIRMAR