SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2018-S2
Fecha: 03-Dic-2018
III.1. De la
El derecho a una resolución fundamentada y motivada, como elementos del debido proceso, reconocido como derecho fundamental, garantía jurisdiccional y derecho humano en las normas contenidas en los arts. 115.II y 117.I de la CPE; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), fue desarrollado en la amplia jurisprudencia constitucional, siendo uno de los antecedentes, el entendimiento contenido en la SC 1369/2001-R de 19 de diciembre[1]; la cual establece como exigencia del debido proceso, que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se vulnera dicho derecho. Posteriormente, en la SC 0946/2004-R de 15 de junio[2], se aclara que dicha garantía es aplicable también en procesos administrativos y disciplinarios.
En el Fundamento Jurídico III.3 de la SC 0871/2010-R de 10 de agosto, se establecieron los requisitos que debe contener toda resolución jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación y fundamentación como elementos configurativos del debido proceso, como son:
a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Auto de Vista SFNA 54/2018 de 15 de marzo
- Auto Definitivo 61/2017
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- III.1. De la
- Fragmento 13
- arbitrariedad
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2.
- la medida de lo determinado
- III.3.
- Sentencia 239/2017
- el hecho que se alegue violencia, dentro el ámbito familiar
- los jueces en materia familiar adoptarán las medidas de protección que considere adecuadas para garantizar la vida e integridad de la mujer
- impugnó
- Auto de Vista 54/2018
- División y partición de bienes gananciales cuando no se lo tramite en ejecución de proceso de divorcio
- CONFIRMAR en parte
- 2° Ratificar
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)
- Violencia Institucional como