SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2018-S3

Fecha: 20-Dic-2018

concedió

El Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Bermejo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 3 de julio de 2018, cursante de fs. 77 a 79, concedió la tutela solicitada, y dispuso que el demandado otorgue respuesta de manera clara, precisa, completa y congruente a las peticiones de los accionantes, efectuadas mediante memoriales diligenciados por Notario de Fe Pública el 10 y 30 de mayo del citado año, en el plazo de veinticuatro horas, computables a partir de la notificación con la Resolución emitida,  en base a los siguientes fundamentos: i) El derecho a la petición exige como único requisito la identificación del solicitante y la necesidad que el ciudadano encuentre respuesta y orientación respecto a su requerimiento; ii) El demandado, no dio respuesta a las solicitudes desde su fecha de presentación; y, iii) El actuar del prenombrado no significa otra cosa que una omisión y vulneración al derecho a la petición establecido en la Constitución Política del Estado.