Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S2
Fecha: 03-Dic-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 070/2018 de 6 de junio, cursante de fs. 66 a 71 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Miguel Ivar Arce Giron contra Santos Gunar Vega Ortiz, Secretario General del Sindicato Agrario de la Comunidad Campesina Tolomosa Norte, Municipio Cercado del departamento de Tarija.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- es ineludible que aporte pruebas suficientes que demuestren la existencia del acto ilegal, caso contrario, no se tendrá la certeza sobre la infracción al derecho que se considera vulnerado, y en esas circunstancias, no es posible otorgar la tutela
- la determinación del Tribunal de amparo debe obedecer a la certidumbre
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- no únicamente es oponible en relación a los servidores públicos; sino también en cuanto a los particulares
- CONFIRMAR
- es oponible no solamente en relación a los poderes públicos, sino también en cuanto a los particulares