Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2018-S2
Fecha: 11-Dic-2018
II.2.
II.2. Mediante Conminatoria de Reincorporación 15/2018, se advierte que el Jefe Regional de Trabajo de Bermejo, instó a la reincorporación de la accionante a su fuente laboral más la cancelación de sueldos devengados y los derechos laborales que correspondan (fs. 17 a 19); del recurso de revocatoria interpuesto el 2 de mayo de 2018, por la empresa demandada contra la Conminatoria indicada, se advierte que se solicitó se dicte una nueva revocando y anulando la misma al evidenciarse una causal de nulidad (fs. 44 a 46 vta.).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las conminatorias de reincorporación laboral
- no es una instancia más dentro del proceso administrativo laboral iniciado ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo, si bien, dichas instituciones pretenden precautelar los derechos de los trabajadores a la estabilidad laboral, empero, al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió,
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR