SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2018-S3

Fecha: 13-Dic-2018

b)

b)    El art. 570 del CPC abrog., prevé que ordenada la acumulación continuará la causa hasta dictar Sentencia de subasta y remate, a menos que en el mismo proceso o cualquiera de los acumulados existiere sentencia, en el caso presente ninguno de los procesos tenia sentencia y tampoco se le ha condenado a subasta y remate de sus bienes;

Impugnación resuelta mediante Auto de Vista 98/17 de 15 de mayo de 2017, emitido por los Vocales de la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Domestica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -autoridades demandadas-, que confirmaron el Auto de 25 de enero de 2016, dictado por el entonces Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento, en base a los siguientes argumentos: