Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2018-S3
Fecha: 20-Dic-2018
II.7.
II.7. Mediante Requerimiento de Acusación de 16 de agosto de 2017, Verónica Gonzáles Yapiticona, Fiscal Policial, pidió al Presidente del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de Beni de la Policía Boliviana, señale día y hora de audiencia oral, pública, contradictoria y continua, debiendo el mismo dictar auto inicial de proceso, designando asistencia legal a favor del denunciado si fuere necesario; dispuso además la notificación al solicitante de tutela (fs. 44 a 50).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho de fundamentación y motivación elementos inherentes al debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- i)
- CONFIRMAR