Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0842/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
II.4.
II.4. En la audiencia conclusiva de preparación de juicio, la autoridad jurisdiccional, ordenó que al ser el inmueble donde funcionaba la Barraca, de propiedad de la ahora accionante, se lo entregue a ella, para que tome posesión del mismo, decisión contra la que apeló la acusada, Dora Delgadillo Velásquez, recurso declarado inadmisible por el Tribunal de alzada, a través del Auto de Vista 41 de 28 de marzo de 2012, por extemporáneo (fs. 649 a 652 vta.; 665 a 667 vta.; y, 681).