Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
II.3.
II.3. Cursa formulario de información rápida de DD.RR. – La Paz, emitido el 20 de julio de 2017, por el cual señala que el inmueble registrado bajo matrícula computarizada 2122010009947, se encuentra vigente, bajo la siguiente descripción: Ubicado en el cantón Laja, provincia Los Andes del departamento de La Paz, Exfundo “Puchocollo Alto”, superficie de 6000 m2, colindancias no se consignan, está registrado bajo matrícula 2122010005667, como propietarios vigentes Macias Huanca Teodora de Macias Machaca Félix, sin trámites pendientes (fs. 12).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- II.1.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 10
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- i)
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- provisional
- III.5.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 25
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas