Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
II.4.
II.4. Se tiene muestrario fotográfico, que titulan “hechos sucedidos antes del 6 de mayo de 2018”, donde identifican las zanjas de un terreno y luego adjuntan otras fotografías de actuaciones posteriores a la fecha señalada, que acreditan la inscripción en la pared de un terreno amurallado: “Propiedad de la familia Macías, terreno en juicio” (fs. 80 a 91).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- II.1.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 10
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- i)
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- provisional
- III.5.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 25
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas