SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0857/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0857/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

I.2.1. Ratificación de la acción

El accionante reiteró los argumentos de su acción, aclarando que a efectos de conocer respuesta a su memorial presentado señaló su domicilio; empero, en lugar de ello fue notificado en Secretaría, razón por la que la parte ahora demandada omitió darle una respuesta oportuna en su domicilio, porque de acuerdo al art. 3 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) debió ser allí donde debió sentarse la diligencia respectiva.