SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2018-S1

Fecha: 20-Dic-2018

a)

El accionante, a través de su abogada, en audiencia pública reiteró los mismos términos expuestos en su demanda de acción de amparo constitucional efectuando las siguientes aclaraciones: a) El Auto de Vista 187-18 de 23 de abril de 2018, no consideró la prueba de Acido Desoxirribonucléico (ADN), que indicó que el hoy accionante no es padre de los hijos de la demandada en el proceso de desconocimiento de paternidad; b) Las autoridades ahora demandadas fundaron su decisión en una excepción de prescripción planteada el 18 de febrero de 2016, omitiendo la contestación que se hizo a dicha excepción y desconociendo la resolución del Juez a quo de 17 de marzo del mismo año, que declaró improbada la misma, sobre la cual no se interpuso recurso alguno; c) Debieron observarse los lineamientos del Código de las Familias y del Proceso Familiar; y, respetar sus principios, debido a que se omitió su “…derecho fundamental de preclusión…” (sic), establecido en el art. 220 inc. g) de dicha norma; por el que, las etapas de un proceso no pueden retrotraerse; d) Al pronunciarse una excepción de prescripción en etapa de impugnación a una sentencia, es evidente que se retrocedieron etapas del proceso, ya que la misma concluyó con la notificación a la demandada; e) Las autoridades ahora demandadas lo procesaron doblemente sobre una misma pretensión llegando a condenarlo a obligaciones jurídicas que no le corresponden, afectando su patrimonio y considerando que cuenta con cincuenta y siete años de edad, ésta sería “…una condena de por vida…” (sic), que por su avanzada edad, al no contar con una profesión y tener sordera de primer grado, se encuentra por debajo de los estándares requeridos en el área laboral, siendo que sus ingresos apenas cubren sus necesidades básicas.