VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0802/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0802/2018-S2

Fecha: 11-Dic-2018

Fragmento 16

           La suscrita Magistrada no comparte los criterios formales adoptados por la                SCP 0802/2018-S2, tampoco está de acuerdo con su parte dispositiva; toda vez que, la justicia constitucional debe materializar los derechos y garantías fundamentales reconocidos por el bloque de constitucionalidad; tal el caso del derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y valoración de la prueba, que fue puesto a consideración en el caso de autos y que debió ser tutelado por la SCP 0802/2018-S2; puesto que, ameritaba profundizar en la problemática planteada sobre la base de los estándares mínimos de fundamentación y motivación relacionados con la valoración de la prueba, que permiten establecer si la misma fue o no analizada de forma clara y objetiva; y si la autoridad demandada, cumplió efectivamente con los marcos de razonabilidad y equidad en su valoración; tal cual se realizará a continuación: