Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0016/2018-RCA
Fecha: 05-Feb-2018
Fragmento 1
En revisión la Resolución 318/2017 de 9 de noviembre, cursante de fs. 44 a 45, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Cándida Pinto Chacón contra Wilber Choque Cruz, Presidente; Juan Orlando Ríos Luna, Emilio Osvaldo Patiño Berdeja, Magdalena Teodora Alanoca Condori y Roxana Orellana Mercado, Consejeros; y, Edmundo Yucra Flores, Director Nacional de Recursos Humanos todos del Consejo de la Magistratura.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- improcedencia
- a)
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 10
- la accionante previamente a la interposición de la presente acción de defensa, agotó la vía administrativa con la formulación del recurso de revocatoria ante la Sala Plena del Consejo de la Magistratura, dando a la autoridad administrativa la oportunidad de pronunciarse como instancia máxima y al no existir otra instancia ante la cual pueda formular el recurso jerárquico, se desestima el mismo