Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0016/2018-RCA
Fecha: 05-Feb-2018
I.2.
La accionante considera lesionados sus derechos al “principio de igualdad y no discriminación”, al trabajo y al salario, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la presunción de inocencia, a la defensa e impugnación; citando al efecto los arts. 14.II, 46, 47, 115, 117.I, 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- improcedencia
- a)
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 10
- la accionante previamente a la interposición de la presente acción de defensa, agotó la vía administrativa con la formulación del recurso de revocatoria ante la Sala Plena del Consejo de la Magistratura, dando a la autoridad administrativa la oportunidad de pronunciarse como instancia máxima y al no existir otra instancia ante la cual pueda formular el recurso jerárquico, se desestima el mismo