AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2018-RCA
Fecha: 08-Feb-2018
la EJECUTORIA de la Resolución del Tribunal de Personal del Ejército No 25/2015 de fecha 20-FEB-15
Por lo que, el 19 de mayo de 2016, interpuso recurso de aclaración, explicación y enmienda, expidiéndose la Resolución del Tribunal Superior de Personal de las Fuerzas Armadas del Estado 089/16 de 18 de octubre de 2016, disponiéndose confirmar la Resolución 287/15, manteniendo firme y subsistente la sanción disciplinaria de exoneración del cargo, procediéndose a su ejecutoria mediante Auto del Tribunal de Personal del Ejército 008/2017 de 21 de febrero, que dispuso “…la EJECUTORIA de la Resolución del Tribunal de Personal del Ejército No 25/2015 de fecha 20-FEB-15 que dispone la improcedencia del Recurso de Reconsideración en contra de la Resolución T.P.E No 766/14 de fecha 11-DIC-14, conformada mediante Resolución del Tribunal Superior del Personal de las FF.AA del Estado No 287/15 de fecha 22-DIC-15, quedando firme y subsistente la EXONERACION DEL CARGO…” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- la EJECUTORIA de la Resolución del Tribunal de Personal del Ejército No 25/2015 de fecha 20-FEB-15
- I.2.
- a)
- improcedencia
- 1)
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- CONFIRMAR