Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2018-RCA
Fecha: 15-Feb-2018
I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
La accionante por intermedio de su representante, alega como lesionados sus derechos a la “condición de adjudicación”, a la propiedad, a la vivienda, al patrimonio y al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación, congruencia y pertinencia; citando al efecto los arts. 13; 14.III, IV y V; 19.I; 56.I y II; 115; 178; y, 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- por no presentada
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- en el plazo de tres días a partir de su notificación. Cumplido el plazo y no se hubiera subsanado la observación, se tendrá por no presentada la acción
- perentorio; es decir, improrrogable y que bajo ninguna circunstancia puede ser ampliado; empero, es menester aclarar que el mismo debe ser computado en días hábiles entendiéndose estos de lunes a viernes, que comienzan a correr desde el día siguiente hábil de practicada la diligencia procesal en forma ininterrumpida, de modo que vencerán a las veinticuatro horas del tercer día
- CONFIRMAR