Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2018-RCA
Fecha: 15-Feb-2018
I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
El Tribunal Constitucional Plurinacional por Acuerdo Jurisdiccional 004/2017 de 31 de agosto, dispuso el cronograma de cierre de gestión, estableciendo como último sorteo para la Comisión de Admisión el 10 de noviembre de 2017; en consideración a ello, habiendo sido posesionadas las nuevas autoridades de este Tribunal, por Acuerdo Jurisdiccional 003 de 15 de enero de 2018, se estableció cronograma transitorio para resolver las causas de competencia de la Comisión de Admisión; conforme a ello, la presente Resolución es emitida dentro de plazo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- 1)
- improcedente
- a)
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- toda acción tutelar de derechos y garantías debe concluir con la Resolución del Tribunal Constitucional que conoce en revisión los fallos pronunciados por el Juez o Tribunal de amparo o hábeas corpus, conforme prescriben los arts. 18 y 19.IV de la CPE, 93 y 102.V de la LTC». es decir que las partes deben aguardar el pronunciamiento definitivo del Tribunal Constitucional, sin que sea legalmente factible que se instauren nuevas acciones de tutela en ese lapso por causas similares
- la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento
- improcedencia
- CONFIRMAR