AUTO CONSTITUCIONAL 0065/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0065/2018-RCA

Fecha: 15-Feb-2018

I.5. Síntesis de la impugnación

Refieren que, en atención al carácter extraordinario de la presente acción tutelar, deben agotarse previamente todas las vías legales para su admisión; sin embargo, la ley y la jurisprudencia determinan que cuando se ha vulnerado un derecho constitucional como el consagrado a la propiedad, sobre todo encontrándose en riesgo de  demolición y apropiación de hecho, como en el caso presente, procede la acción de defensa  y no se puede aplicar el art. 53.3 del CPCo. de acuerdo a los fundamentos de la resolución del Tribunal de garantías.