AUTO CONSTITUCIONAL 0069/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0069/2018-RCA

Fecha: 15-Feb-2018

Fragmento 16

En ese entendido se concluye que, el accionante utiliza este medio de defensa de manera equivocada, toda vez que, si consideraba que la impugnada Ley Municipal Autonómica, al crear un nuevo impuesto paralelo al nacional que  generaría una doble tributación, pudo activar el recurso contra tributos, impuestos, tasas, patentes, derechos o contribuciones especiales, que conforme a la jurisprudencia constitucional, “…se constituye en una acción de puro derecho que forma parte del control normativo de carácter correctivo o a posteriori, porque tiene por finalidad el control objetivo de la normatividad, es decir, de la disposición legal creadora, modificadora o supresora del tributo, para sanear el ordenamiento jurídico del Estado, sobre la base de una contrastación de las normas de la disposición legal impugnada, con los preceptos de la Ley Fundamental, con la finalidad de que esa normativa no sea aplicada al caso concreto; es decir, que sea declarada inaplicable”                (SC 0030/2010 de 20 de septiembre); extremo que como se señaló resulta aplicable la subregla 2 inc. a) de la SC 1337/2013-R glosada en el Fundamento Jurídico II.2 referida a un planteamiento equivocado de este medio de defensa.