AUTO CONSTITUCIONAL 0069/2018-RCA
Fecha: 15-Feb-2018
Fragmento 2
Por memoriales presentados el 13, 18 y 21 de diciembre de 2017, cursantes de fs. 43 a 47; 49 a 50 y 55 a 56, el accionante indica ser propietario de un inmueble urbano adquirido a través de un proceso judicial de usucapión decenal de una superficie de 106 m2, en el que se ha dictado Sentencia declarando probada la demanda y por consiguiente propietario del citado inmueble, habiendo cancelado los impuestos municipales y nacionales por derechos impositivos de usucapión, que fueron presentados a Catastro Urbano del Municipio de Bermejo del departamento de Tarija, para la aprobación de los planos y construcciones precarias de dicho inmueble, para su posterior registro en Derechos Reales (DD.RR.). Sin embargo, el Director de Ordenamiento Territorial de Catastro Urbano de la citada Entidad, al amparo de la Ley de Creación del Banco de Tierras para la Recuperación de Cesión de Áreas Verdes y Equipamiento -Ley Municipal Autonómica 09/2014 de 3 de abril- a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo, pretende cobrarle otro impuesto adicional al nacional por derechos de usucapión, condicionando la aprobación de sus planos al pago del mismo, y habiendo solicitado la exhibición de la citada ley, le fue negada, encontrándose perjudicado por más de un mes y privado a regularizar su derecho de propiedad que cuenta con sentencia judicial ejecutoriada.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- improcedencia
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 10
- II.3. La acción de amparo constitucional no tutela ni resuelve aspectos relativos a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley
- Con el fin de resguardar un correcto manejo de la acción planteada, es preciso señalar que no se puede interponer un amparo, alegando la inconstitucionalidad de una disposición legal, pues para ello, la Ley del Tribunal Constitucional, tiene previsto el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, que se articula al sistema de control normativo de carácter correctivo a posteriori de las disposiciones legales, pues a través de él se busca la verificación de la compatibilidad o incompatibilidad de la disposición legal impugnada con los principios, preceptos y normas de la Constitución Política del Estado
- Fragmento 13
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- CONFIRMAR