AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2018-RCA

Fecha: 20-Feb-2018

1)

La Jueza Pública Civil y Comercial Decimosegunda del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2017, cursante a fs. 57 y vta., dispuso que la parte accionante subsane los siguientes aspectos: 1) En relación al principio de subsidiariedad, aclare los antecedentes en virtud de los cuales invoca haber agotado el reclamo por conducto ordinario; 2) Respecto al principio de igualdad que evoca como conculcado, cúal la situación de vulneración de tal principio; 3) Precise contra quién se dirige la demanda de acción de amparo constitucional; 4) Cúal la relación de interés legal que atribuye a Edmundo Flores Yucra, Director Nacional de RR.HH del Consejo de la Magistratura, así como de Efraín Calderón Paz, Juez Público Civil y Comercial Decimoctavo del departamento de La Paz; 5) Fundamente la relación de causalidad entre los hechos, los derechos que se acusa de lesionados y los actos que se acusa de ilegales o indebidos imputados en cada una de las autoridades demandadas; 6) Concrete cuál es su pretensión; y, 7) Acompañe la prueba pertinente como las Resoluciones emitidas por la instancia accionada, los recursos interpuestos contra las mismas y la documental que respalde la demanda de acción de amparo constitucional.