AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2018-RCA

Fecha: 22-Feb-2018

NO HA LUGAR

El Tribunal de garantías, por decreto de 17 de enero de 2018, consideró no subsanado el señalamiento de los terceros interesados, concediendo a la accionante el plazo de tres días hábiles para que indique el nombre y domicilio de los nuevos Consejeros del Consejo de la Magistratura a objeto de ser notificados con la presente demanda, quienes actualmente ocupan el cargo debiendo ser convocados como terceros interesados porque lograrían aportar mayores elementos de juicio y podrían ser afectados en sus derechos. Finalmente mediante Resolución 3/2018 de 23 de enero y su complementario de 25 del mismo mes y año declaró “NO HA LUGAR”, “por causal de improcedencia reglada, prevista por el art. 54 par. I de la Ley Nº 254.” (sic) de la acción de amparo constitucional, sobre la base de  los siguientes fundamentos: a) La accionante no agotó el planteamiento de los recursos administrativos que la ley le franquea para hacer valer su derecho reclamado; b) La accionante no hizo valer su derecho que alega como vulnerado de manera oportuna; ya que, de la revisión de los antecedentes y conforme refiere en sus argumentos, pudo hacerlo el 2008 y 2013 y no recién el  2017, de manera extemporánea,  denotando desinterés, constituyéndose así en un acto consentido; y, c) Es aplicable al presente caso, el art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo).