Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2018
Fecha: 27-Feb-2018
3°
3° EXHORTAR a toda la institucionalidad estatal a que la aplicación e interpretación de la Carta Orgánica y la normativa autonómica, se efectué conforme al bloque de constitucionalidad, de forma que se promueva el establecimiento de una gestión pública basada en el respeto mutuo entre personas y pueblos, sobre la base de los valores plurales de intra e interculturalidad como una forma de alentar, reforzar y consolidar los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y de todos los habitantes del municipio de Santiago de Callapa.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA)
- Artículo 18. (Derecho Autonómico).
- Artículo 18. (Derecho Normativo Municipal).
- Control previo de constitucionalidad
- a)
- supletoria
- I.
- 3°
- 4°