DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2018

Fecha: 27-Feb-2018

III.1.  El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA)

El proceso de elaboración y puesta en vigencia de los estatutos y cartas orgánicas es altamente complejo, esto en razón a su naturaleza intrínseca y su finalidad, características que le otorgan una naturaleza política y jurídica especial, distinta del resto de la normativa nacional clasificada en el parágrafo II del art. 410 de la Constitución Política del Estado (CPE). Es por esta razón que, en el proceso de elaboración y aprobación de las normas institucionales básicas de las ETA, el Tribunal Constitucional Plurinacional asume competencia para efectuar el control previo de constitucionalidad (art. 275 de la CPE), entendido como un mecanismo procesal de control instituido con la finalidad de velar por la coherencia del ordenamiento jurídico que implica “…confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional” (art. 116 del Código Procesal Constitucional [CPCo]).

En este sentido, el art. 53.II de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” (LMAD), establece que: “El órgano deliberativo correspondiente remitirá el proyecto de estatuto al Tribunal Constitucional Plurinacional, que deberá pronunciarse sobre su constitucionalidad. En caso de que existan observaciones, el Tribunal Constitucional Plurinacional lo devolverá para su corrección”.

De esto se desprende que, el control previo de constitucionalidad de las normas institucionales básicas de las ETA, puede extenderse en el tiempo, debiendo ser devuelto a sus autores el número de veces que sea necesario para su modificación, hasta lograr su finalidad, que no es otra que la de conseguir una adecuación efectiva al texto de la Constitución Política del Estado, garantizando su supremacía.