SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2018-S2
Fecha: 28-Feb-2018
Fragmento 19
Posteriormente, la Jefa Regional de Trabajo El Alto emitió la Conminatoria de Reincorporación JRTEA-BECS-C.R. 054/2017, que fue recibida el 6 de julio de 2017 en la Dirección de Talento Humano -Conclusión II.9-; por lo que, en atención al carácter obligatorio de esta instrucción, las autoridades demandadas debieron dar cumplimiento inmediato a esa determinación, lo que no ocurrió en el presente caso, tal como se constata en el Informe VR - 002/2017; situación que viabiliza la presente acción de amparo constitucional en el marco de las subreglas desarrolladas en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, por vulneración de los derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, así como al salario digno y seguridad social, últimos derechos que fueron lesionados a consecuencia de la destitución de los impetrantes de tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- 2)
- 3)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- CONFIRMAR