SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2018-S2
Fecha: 28-Feb-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionado su derecho al debido proceso en sus componentes de derecho a la defensa, principio de igualdad procesal y “persecución indebida”; toda vez que, la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar Tercera, dentro del proceso laboral seguido contra la empresa ABACOUAS S.A., rechazó su solicitud de exclusión del proceso, conminándole a pagar su cuota parte de la obligación, disponiendo en su contra medidas precautorias e inclusive expidiendo Mandamiento de Apremio, no obstante que no fue citado personalmente en dicha causa y que ya no forma parte de la empresa demandada; solicitando que se ordene el cese del procedimiento indebido y se anulen obrados hasta el vicio más antigüo.
- .
- a)
- denegó
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La legitimación pasiva en caso de resoluciones que deben ser revisadas por la autoridad de última instancia
- solo
- Fragmento 10
- III.2.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- para la procedencia de la acción de libertad es imprescindible que la misma esté dirigida contra la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida lesiva del derecho a la libertad
- modificar, confirmar o revocar
- debido a que será ésta última quien tendrá la facultad de revisar y corregir, en su caso, las actuaciones ilegales