Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2018-RCA
Fecha: 09-Mar-2018
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 9 de febrero de 2018, cursante de fs. 55 a 56 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ramiro Felix Villavicencio Niño de Guzmán, Gerente General de la Empresa Metalúrgica Vinto (EMV) contra Pastor Segundo Mamani Villca, Rómulo Calle Mamani, Antonio Guido Campero Segovia, Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, Norka Natalia Mercado Guzmán, Maritza Suntura Juaniquina y Fidel Marcos Tordoya Rivas todos ex Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- I.4. Resolución del Juez de garantías
- improcedente
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 8
- en la fase de admisibilidad a ser sustanciada ante los Jueces y Tribunales de garantías, deben examinarse los llamados requisitos habilitantes para la activación del control tutelar de constitucionalidad a través de la acción de amparo constitucional, en ese orden, dichos requisitos se encuentran específicamente disciplinados en los arts. 33 y 53 del CPCo
- II.3. Análisis de la resolución enviada en revisión