DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2018

Fecha: 23-Mar-2018

‘La decisión de convertir un municipio en autonomía indígena originario campesina se adoptará mediante referendo conforme a los requisitos y condiciones establecidos por ley’

Así, la mencionada DCP 0020/2017 estableció que: “La Constitución Política del Estado, en su parte tercera (Estructura y Organización Territorial del Estado) ha definido en el art. 294.II que: ‘La decisión de convertir un municipio en autonomía indígena originario campesina se adoptará mediante referendo conforme a los requisitos y condiciones establecidos por ley’.

De acuerdo con el art. 271 de la CPE se establece que la Ley Marco de Autonomías y Descentralización ‘Andrés Ibáñez’ regula el procedimiento para la elaboración de estatutos autonómicos y cartas orgánicas, la transferencia y delegación competencial, el régimen económico financiero y la coordinación entre el nivel central y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas. En este sentido, debe respetarse el siguiente marco legal: